Requisitos para la habilitación de bomberos

Conocé lo que solicita la Dirección Nacional de Bomberos para habilitar un residencial
La Dirección Nacional de Bomberos es la responsable de, además de responder ante emergencias de incendios o accidentes que requieran intervención, habilitar ante los demás entes ( ejemplo : Intendencia de Montevideo, Ministerio de Salud Pública, etc) la correcta organización y prevención de situaciones de incendio en instituciones públicas y privadas.
Este trámite, más conocido como “habilitación de bomberos” se exige para la concreción de la habilitación del MSP y MIDES en el caso de los residenciales. En ADERAMA, los socios que la integran, deben contar con las mismas : Bomberos, MIDES y MSP.
Los requisitos para acceder a la habilitación de bomberos son:
Solicitud de la habilitación ante la Dirección Nacional de Bomberos (DNB) de establecimientos destinados a Residenciales del Adulto Mayor
Requerimientos necesarios para los trámites, las distintas medidas de instalación de elementos de protección contra incendio y los costos que cobra la DNB:
Los establecimientos para Adultos Mayores, se agrupan en la categoría H que comprende: Instituciones de Salud, Instituciones de Reclusión, Instituciones de Internación:
Los Residenciales del Adulto Mayor están comprendidos en la categoría H2.
Los distintos locales se dividen en dos grupos según su área:
1 – PTC (Proyecto Técnico Certificación) que son los locales menores a 750 m²
2 – PT (Proyecto Técnico) para locales mayores a 750 m².
Según sea el caso 1 o 2, serán las medidas que se deberían instalar.

Para los locales con áreas menores a 750 m², las medidas de protección contra incendio según la normativa vigente son las siguientes y ingresan según IT-42:
Extintores
Luces de emergencia
Cartelería
Central de alarma
Detección en todos los locales del establecimiento. Los detectores serán inalámbricos y conectados a la central.
Se pueden ampliar las medidas como ser alarma visual y acústica. Es a criterio del propietario del establecimiento.
Para los locales con áreas mayores a 750 m², las medidas de protección contra incendio según la normativa vigente son las siguientes:
Extintores
Luces de emergencia
Cartelería
Sistema de detección y alarma (sensores de humo, alarmas visuales y acústicas, jaladoras, central de alarma). Los detectores serán inalámbricos y conectados a la central.
Reserva de agua y bomba hidráulica (según cálculo)
Bocas de incendio.
Plan de evacuación
Estas medidas varían según la altura del establecimiento, de acuerdo a distintas tablas según normativa.
1) El ingreso del trámite se realiza a través de la página web de Bomberos.
2) Para la solicitud del trámite de habilitación (cualquiera sea el local considerado), se debe ingresar el plano del proyecto de incendio del establecimiento en forma digitalizada.
3) El plan de evacuación para locales mayores a 750 m², debe ser realizado o por Bomberos o por un técnico prevencionista.
En el portal de socios de ADERAMA, se encuentra disponible también la tabla de edificaciones en habilitación de bomberos con los metrajes correspondientes y los requisitos solicitados por la DNB para cumplir.